A todos los huéspedes al momento de que realicen su registro de entrada a un complejo turístico (check-in), se les tomará la temperatura y deberán hacer una declaración de salud y viaje.
De acuerdo con la “Guía Oficial para la Adaptación de Servicios Sector Hotelero Dominicano”, se establece aplicar las medidas precisas para que se cumpla el aforo máximo de todas las áreas del establecimiento, incluyendo realizar la redistribución de piso necesarias para que en las áreas comunes (recepción, comedor, restaurantes, bar, spa, piscina, teatro, etcétera) se asegure dos (2) metros de distanciamiento entre las personas.
Respecto a los restaurantes y servicios de comida se eliminará el autoservicio de alimentos y bebida:
Según el documento, que cuenta con 114 medidas para el sector hotelero y de restaurantes y 15 para los casinos, estas regulaciones son de aplicación obligatoria para hoteles, resorts, paradores, posadas, bed & breakfast, pequeñas posadas, condo-hoteles, casas de huéspedes, hostales y propiedades de tiempo compartido.
A fin de salvaguardar la salud de huésped, empleados, visitantes, y colaboradores.
El documento completo puede ser solicitado al Ministerio de turismo y en ASONAHORES.